Asociacion de agentes Aduanales de Guadalajara Servicios en línea.

Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes sobre el Gafete electrónico ANAM

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¿QUÉ ES UN AGENTE ADUANAL?

Los agentes aduanales son profesionistas que habiendo obtenido un título de carrera universitaria, ejercen de modo independiente en la actividad privada, las funciones propias del despacho aduanero en representación de los importadores y exportadores de mercancías.

Los agentes aduanales NO son funcionarios públicos.

De conformidad con el Artículo 159 de la ley Aduanera en vigor, el Agente aduanal se define como:

“La persona física autorizada por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes provistos en esta ley.”

Los agentes aduanales son asesores de los importadores y exportadores sobre el procedimiento y requisitos que deben cumplirse para el despacho aduanero de las mercancías.

Además, los agentes aduanales son expertos merceológicos que clasifican la mercancía para determinar la fracción arancelaria conforme a la tarifa respectiva y pagar correctamente las contribuciones y cuotas compensatorias a cuenta de sus clientes.

También asesoran a los actores del comercio exterior en el cumplimiento de disposiciones legales extranjeras que tienen impacto en México, como por ejemplo: la ley del Bioterrorismo de los Estados Unidos de América.

Sus principales atribuciones son:

1.   Ante la sociedad:

·         Participar en el diseño de la política aduanera del país

·         Encargado de vigilar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias. Así como de las barreras no arancelarias, padrones, anexo 18, NOM´s

·         Implementar sistemas para modernizar las aduanas

·         Ser el punto de equilibrio de los intereses del arribo eficiente de las mercancías, bajo una mejor fiscalización

·         Dar soporte clave a los intereses de las sociedades, al auxiliar en el cumplimiento de las barreras no arancelarias que representan: protección al medio ambiente y salud pública, implementación de la política comercial, protección a la propiedad intelectual y seguridad nacional.

2.   Ante los exportadores e importadores

·         Representante legal de los importadores y exportadores (Art. 41 LA)

·         Encargado de la correcta aplicación de aranceles preferenciales (Art. 54 III)

·         Rol de perito aduanero ante la autoridad competente (Art. 162 II)

·         Pre-inspeccionar los embarques.

·         Determinar el régimen aduanero (Art. 54 LA)

·         Brindar sistemas de información en línea y de adaptar sus reportes, a las necesidades de la empresa.

·         Ofrecer servicios de transporte y logística.

·         Brindar en recintos fiscalizados servicios de: custodia, manejo y almacenaje de mercancías.

·         Asesorar en disposiciones de comercio exterior.

·         Defender ante las autoridades aduaneras a los importadores / exportadores de procedimientos aduaneros.

·         Ofrecer servicios de distribución y manejo de materiales

·         Proporcionar servicios de comercialización para consolidar importaciones.

·         Participar en la planeación aduanera de las empresas.

·         Prestar servicios como “outsourcing” a los departamentos de tráfico de las empresas

·         Brindar gestoría para la obtención de permisos ante las autoridades competentes.

·         Brindar herramientas que den seguridad jurídica a los exportadores e importadores como lo es el servicio de pre-validación a través de CAAAREM

3.   Ante la autoridad

·         Responsable solidario del pago de contribuciones (Art. 53 LA)

·         Ser el enlace informático necesario entre los sistemas automatizados y los sistemas requeridos por las aduanas.

·         Responsable de la veracidad de la información y del valor declarados en aduna. (Art 54 II)

·         Responsable de la veracidad del nombre, domicilio fiscal o la clave del RFC. (Art. 165 III)

·         Ser el responsable confiable de la recaudación correcta de los impuestos y gravámenes del comercio exterior, siendo especialista en el sistema armonizado y valoración.

En colaboración con el sector productivo de México, su papel es facilitar las actividades comerciales y con ello ser un factor clave en la competitividad del país.

Los agentes aduanales son también empresarios que tienen sus agencias Aduanales ubicadas en áreas distintas a las aduanas.

 

 

¿ES LO MISMO UN ASOCIADO Y UN AFILIADO?

En cierta manera tienen mucho en comun pero no son lo mismo. Un asociado se considera a un agente aduanal que forma parte de la Asociación y dicho agente se encuentra adscrito a la Aduana de Guadalajara y puede o no operar an otras aduanas del pais. Un afiliado es un agenta aduanal que esta adscrito a alguna aduana del pais, distinta a la aduana de Guadalajara, pero que tambien realiza operaciones de comercio exterior por la aduana de Guadalajara.

 

 

¿QUÉ NECESITO PARA ENVIAR O RECIBIR ARCHIVOS DE VALIDACIÓN Y PAGO DE PEDIMENTOS?

Para poder enviar o recibir archivos de validación necesitas:

·         Ser asociado o afiliado y contar con la información de la cuenta de usuario.

·         Contar con la infraestructura adecuada para realizar la conectividad ya sea Local o Remotamente.

·         Contar con un sistema de captura de pedimentos que permita la generación de archivos de validación y pago correspondientes.

·         Contar con el software necesario para enviar y recibir archivos de validación y pago. La mayoría de los sistemas de captura de pedimentos y generación de archivos pueden realizar el envío y la recepción de archivos. La asociación distribuye un software en caso de que el sistema de captura de pedimentos utilizado por el asociado o afiliado no tenga la funcionalidad para realizar el envío y recepción de archivos.

·         Estar protegido con un software antivirus.

Cualquier problemática con el envío y recepción de archivos de validación y pago de pedimentos favor de reportarlo al departamento de sistemas de la asociación.

 

·        

Cuando un pedimento consolidado se presenta de manera extemporánea, ¿de cuánto es la multa? y ¿cómo se realiza el pago dela multa en el pedimento?

 

Se paga la multa por presentación extemporánea de documento(art. 184-I LA). Dicha multa es por la cantidad de $ 4,260.00 a $ 6,390.00en caso de omisión, la cual se reducirá al 50% cuando la presentación sea extemporánea ($2,130.00).

 

En el apartado de “TASAS A NIVEL PEDIMENTO” y “CUADRO DE LIQUIDACIÓN” se declara lo siguiente:

 

 

Nota:La forma de pago usada en el ejemplo es mera referencia, puede variar según el caso.